three. Los Miembros podrán establecer o mantener medidas sanitarias o fitosanitarias que representen un nivel de protección sanitaria o fitosanitaria más elevado que el que se lograrÃa mediante medidas basadas en las normas, directrices o recomendaciones internacionales pertinentes, si existe una justificación cientÃfica o si ello es consecuencia del nivel de protección sanitaria o fitosanitaria que el Miembro de que se trate establish adecuado de conformidad con las disposiciones pertinentes de los párrafos one a 8 del artÃculo 5 (2).
Insistiendo en que al obrar asà la administración de aduanas no debe causar perjuicio a los intereses comerciales legÃtimos de los comerciantes;
a) la fecha de la notificación a que se hace referencia en el pà rrafo fifteen del artÃculo 2 a efectos de la eliminación de la limitación anterior; o
Evaluación del riesgo y determinación del nivel adecuado de protección sanitaria o fitosanitaria
Restricciones a la exportación, con inclusión de las limitaciones voluntarias de las exportaciones y los acuerdos de comercialización ordenada
4. Los derechos adicionales impuestos con arreglo al apartado a) del párrafo one se mantendrán únicamente hasta el last del año en el que se hayan impuesto y sólo podrán fijarse a un nivel que no exceda de un tercio del nivel del derecho de aduana propiamente dicho vigente en el año en el que se haya adoptado la medida.
Adaptación a las condiciones regionales, con inclusión de las zonas libres de plagas o enfermedades y las zonas de escasa prevalencia de plagas o enfermedades
(five) Una unión aduanera podrá aplicar una medida de salvaguardia como entidad única o en nombre de un Estado miembro. Cuando una unión aduanera aplique una medida de salvaguardia como entidad única, todos los requisitos para la determinación de la existencia de un perjuicio grave o de una amenaza true de perjuicio grave en virtud del presente Acuerdo se basarán en las condiciones existentes en la unión aduanera considerada en conjunto.
(one) En estas medidas están comprendidas las restricciones cuantitativas de las importaciones, los gravámenes variables a la importación, los precios mÃnimos de importación, los regÃmenes de licencias de importación discrecionales, las medidas no arancelarias mantenidas por medio de empresas comerciales del Estado, las limitaciones voluntarias de las exportaciones y las medidas similares aplicadas en la frontera que no sean derechos de aduana propiamente dichos, con independencia de que las medidas se mantengan o no al amparo de exenciones del cumplimiento de las disposiciones del GATT de 1947 otorgadas a paÃses especÃficos; no lo están, sin embargo, las medidas mantenidas en virtud de las disposiciones en materia de balanza de pagos o al amparo de otras disposiciones generales no referidas especÃficamente a la agricultura del GATT de 1994 o de los otros Acuerdos Comerciales Multilaterales incluidos en el Anexo 1A del Acuerdo sobre la OMC.
c) el primer dÃa del 121º mes de vigencia del Acuerdo sobre la OMC, el sector de los textiles y el vestido quedará integrado en el GATT de 1994 al haberse eliminado todas las restricciones aplicadas al amparo del presente Acuerdo.
Este curso está dirigido a empresarios, directivos y profesionales interesados en la aplicación de estrategias sostenibles; directores de medio ambiente, técnicos ambientales o cualquier otra persona relacionada con el área ambiental y de la energía; consultores y asesores ambientales o energéticos; y estudiantes y titulados en ramas técnicas interesados en nuevas oportunidades de desarrollo.
h) por "Medida Global de la Ayuda Total" y "MGA Complete" se entiende la suma de toda la ayuda interna otorgada a los productores agrÃcolas, obtenida sumando todas las medidas globales de la ayuda correspondientes a productos agropecuarios de base, todas las medidas globales de la ayuda no referida a productos especÃficos y todas las medidas de la ayuda equivalentes con respecto a productos agropecuarios, y que:
Tomando nota además de que los Miembros están sujetos a las obligaciones que les impone el GATT de 1994 con respecto a las medidas gubernamentales que afectan a las empresas comerciales del Estado;
6. El GATT de 1994 no impone a los Miembros que se beneficien here de una reducción de derechos resultante del establecimiento de una unión aduanera, o de la conclusión de un acuerdo provisional tendiente al establecimiento de una unión aduanera, obligación alguna de otorgar un ajuste compensatorio a sus constituyentes.